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Establecen toque de queda por provincias por el coronavirus


[Decreto 266-20] Presidente Danilo Medina establece el toque de queda de lunes a viernes de 7:00 p.m. a 5:00 a.m. y los sábados y domingos de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas: 

1) Santo Domingo 2) Distrito Nacional 3) Santiago 4) San Cristóbal 5) La Vega 6) Puerto Plata 7) Duarte 8) San Pedro de Macorís 9) La Romana 10) San Juan de la Maguana 11) La Altagracia 12) Azua 13) Monseñor Nouel 14) Sánchez Ramírez 15) María Trinidad Sánchez •Se establece el toque de queda todos los días de la semana de 8:00 pm a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas:

1) Espaillat 2) Peravia 3) Barahona 4) Monte Plata 5) Valverde 6) Hermanas Mirabal 7) Monte Cristi 8) Samaná 9) Bahoruco 10) Hato Mayor 11) El Seibo 12) Dajabón 13) Santiago Rodríguez 14) San José de Ocoa 15) Elías Piña 16) Independencia 17) Pedernales •El toque de queda entrará en vigencia a partir del 21 de julio del año en curso por un período de veinte (20) días, a cuyo término se revisará la medida en función de la evolución epidemiológica del COVID-19 en el país. •Se ratifica el uso obligatorio de mascarilla en lugares públicos y en lugares privados de uso público como medida esencial para controlar la propagación del COVID-19 cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la Ley núm. 42-01. General de Salud, del 8 de marzo de 2001.


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